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Préstamo Libros

Convocatoria de subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros públicos para el curso académico 2019/2020
 
El  25 de julio de 2019 se publicó en el BOPA la información pública relativa a la convocatoria se subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros públicos para el curso 2019/2020.
 
El plazo de presentación de reclamaciones se extiende desde el día 26 de julio al 6 de septiembre, ambos incluidos.

 

 

 

 

 

Puede consultar el listado de concesiones así como la causa de denegación, en su caso, en el siguiente enlace: 
 
 

Nuestro banco de libros se organiza de la siguiente manera:
 
  • El alumnado becado de primero de Educación Primaria solo tiene que comprar el libro de música y el libro de religión.

         Los demás libros se entregarán en el centro.


  • El alumnado becado de segundo de Educación Primaria solo tiene que comprar  los cuadernillos de Lengua Castellana y Literatura, el libro de religión y el libro de música.

          Los demás libros se entregarán en el centro.


  • El alumnado becado desde tercero a sexto de Educación Primaria no tiene que comprar ningún libro.

  • El alumnado no becado que vaya  a cursar primero y segundo de Educación Primaria, tiene que comprar todos los libros.

  • El alumnado no becado desde tercero a sexto de Educación Primaria, solo tiene que comprar el Activity Book de inglés.



Convocatoria de préstamo de libros 2019/2020                   09/04/2019

Resolución de 5 de abril de 2019, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones para el uso, en régimen de préstamo, de libros de texto en centros educativos públicos para el curso académico 2019/2020.

• Extracto de la convocatoria
La citada convocatoria va dirigida a aquel alumnado escolarizado en centros públicos. Los beneficiarios serán las alumnas o alumnos que estén matriculados de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o EBO en los centros públicos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias durante el curso 2018/2019 siempre y cuando no repitan curso y su unidad familiar no haya superado en el ejercicio 2017 los siguientes umbrales de renta:
Familias de dos miembros (monoparentales) 14.000,00 €
Familias de tres miembros 21.000,00 €
Familias de cuatro miembros 28.000,00 €
Familias de cinco miembros 35.000,00 €
Familias de seis miembros 42.000,00 €
Familias de siete miembros 49.000,00 €
Familias de ocho miembros 56.000,00 €
A partir del octavo miembro, por cada nuevo miembro computable, se
añadirán 3.500,00 €
Por otro lado en el caso del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o de alta capacidad intelectual este umbral o tope de renta se verá incrementado en 5.000 €.
También se incrementa el umbral para familias numerosas en 3.000 € si es de categoría general y en 5.000 € si es de categoría especial.
El plazo de solicitud de la convocatoria es del 22 de abril al 6 de mayo, ambos inclusive.
La solicitud se presentará mediante la entrega del modelo oficial personalizado que se facilitará en la propia secretaría del centro en el que esté matriculado la alumna o alumno solicitante. Si se detectara algún error en la solicitud, el centro educativo lo corregirá en la base de datos  corporativa. No será necesaria una nueva impresión. Posteriormente si todos los datos son correctos, se firmará el borrador y se entregará en la secretaría del centro educativo o simplemente confirmar el borrador en la web del Principado de Asturias www.asturias.es.
PARA SOLICITAR POR SERVICIOS ELECTRÓNICOS
Si dispones de borrador y los datos que en él figuran son correctos, tu opción es: Confirmación del borrador.
En este caso sólo tienes que confirmarlo aquí, introduciendo el NIF/NIE del tutor o de la tutora, eligiendo el centro docente del que se trate e introduciendo la fecha de nacimiento del alumno/a.
Finalmente, introducirás el número de validación que te indicamos en el borrador. Si los datos que en él figuran NO son correctos, tu opción es: Modificación del borrador. Si dispones de borrador y los datos que en él figuran NO son correctos, tu opción es: Modificación del borrador.
Es necesario tener DNI-e o certificado digital expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Es importante que antes de salir de la aplicación imprimas el justificante de haberla presentado.